20 Nov Subvenciones para la creación de empresas en el ámbito de garantía juvenil en los municipios de menor población

La Diputación de Sevilla ha abierto un nuevo programa de ayudas para la creación de empresas por personas jóvenes entre 16 y 30 años, que estén empadronados en municipios de menos de 5.000 habitantes o menos de 10.000, si en los últimos 10 años ha ido perdiendo población.
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones para el fomento del empleo autónomo entre los jóvenes empadronados en alguno de los 53 municipios de la provincia de Sevilla.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de subvención de esta convocatoria es desde el 14 de noviembre hasta el 30 de diciembre de 2019
Beneficiarios
Para obtener la condición de beneficiarios las personas físicas deberán promover proyectos empresariales y reunir las siguientes características a fecha de inicio de la actividad empresarial:
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- Personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años, que no estén estudiando ni trabajando y que estén inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Estar empadronados, a la fecha de publicación de la convocatoria, en alguno de los 53 municipios de la provincia de Sevilla, recogidos en el anexo 1.
- Acreditar que el centro de trabajo se encuentra situado en uno de los municipios indicados anteriormente o describir motivadamente la necesidad de la existencia de un centro de trabajo itinerante o teletrabajo.
- Encontrarse en situación de desempleo y permanecer desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el SAE hasta el momento del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Importe de la subvención
La cuantía de la subvención por persona beneficiaria será como máximo de 8.100,00 €, cantidad que se corresponde con el 75% del importe del Salario Mínimo Interprofesional.
Compatibilidad de la subvención
Estas ayudas serán compatibles con las reducciones y bonificaciones de la Seguridad Social aplicables a los trabajadores por cuenta propia. Además, conforme con lo dispuesto en la Ley 38/2003, estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
Régimen de concesión
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia no competitiva, ya que el objeto y finalidad de esta no permite la comparación objetiva de las solicitudes.
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