02 Sep SUBVENCIONES AGENCIA IDEA
Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a las empresas para el desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital y la creación de empleo en Andalucía, acogida a la Orden de 5 de junio de 2017.
A) CREACIÓN DE ACTIVIDAD ECONÓMICA
B) MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL
C) GENERACIÓN DE EMPLEO
D) SERVICIOS AVANZADOS
E) TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LAS PYMES
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En el marco de esta Orden, se financian actuaciones dentro de alguna de las siguientes
líneas:
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- Creación de actividad económica: los proyectos susceptibles de ser subvencionados deberán corresponder en su diseño y formulación a proyectos de emprendedores, de pequeñas empresas y medianas empresas o proyectos de grandes empresas industriales que signifiquen la puesta en marcha de un nuevo establecimiento empresarial.
- Mejora de la competitividad empresarial: proyectos promovidos por pymes y grandes empresas industriales establecidas en Andalucía que contemplen inversiones que supongan una mejora de la competitividad.
- Generación de empleo: proyectos de creación de actividad económica o de mejora de la competitividad de empresas promovidos por pymes con una alta creación de empleo indefinido.
- Servicios avanzados: proyectos de incorporación de servicios avanzados para la gestión empresarial, iniciativas de dinamización empresarial y soporte técnico para la realización de proyectos de cooperación empresarial en Andalucía.
- Transformación digital de las pymes: proyectos contratados por pymes para la incorporación de tecnologías de la información y la comunicación, que contribuyan a mejorar su competitividad y productividad (servicios de comercio electrónico, de marketing digital, de digitalización de los procesos de negocio o de confianza digital, entre otros).
Podrán tener la condición de entidad beneficiaria las empresas, preferentemente las pymes del sector industrial y tecnológico, que lleven a cabo proyectos que contemplen inversiones en activos fijos o gastos en servicios avanzados prestados por entidades especializadas, que puedan encuadrarse en alguno o algunos de los objetivos previstos en las distintas líneas de acción de esta convocatoria y que reúnan los requisitos establecidos en la Orden reguladora.
También podrán ser beneficiarias las asociaciones de empresas y las fundaciones que realicen por sí mismas actividades económicas y que sus fines o beneficiarios tengan relación con el ámbito empresarial o con el fomento de la actividad económica, para determinados tipos de proyectos de incorporación de servicios avanzados.
Puede descargar aquí un resumen de las subvenciones.
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